Estatutos
Corporación de derecho privado, regida por el código civil y por el Ministerio de Justicia, constituida en Santiago de Chile el 6 de Abril de 1994 con los siguientes objetivos:
- Fomentar el estudio, conocimiento y adelanto en el campo de la asistencia nutricional intensiva y enfermedades metabólicas en sus fases experimentales, clínicas y terapéuticas, evaluando sus resultados.
- Unificar criterios para la aplicación clínica de los procedimientos de asistencia nutricional intensiva parenteral y enteral.
- Lograr el reconocimiento de la especialidad en nutrición clínica ante los organismos que correspondan.
- Reunir a profesionales médicos y de colaboración médica que tengan relación con las disciplinas de asistencia nutricional y enfermedades metabólicas, que trabajen en centros públicos o privados, universitarios o no, a lo largo del país.
- Organizar y realizar congresos, conferencias, seminarios y reuniones afines, que permitan el progreso de esta especialidad.
- Promover publicaciones que representen el pensamiento de la Asociación.
- Recomendar ante los organismos correspondientes los requisitos mínimos para el funcionamiento de una unidad de asistencia nutricional intensiva y asesorarlos en su equipamiento tecnológico y el uso de productos e insumos.
- Gestionar y apoyar leyes, reglamentos, ordenanzas y toda otra iniciativa útil a las finalidades de esta Asociación.
- Ejercer la función de auditoría médica en el área de asistencia nutricional intensiva parenteral y/o enteral cuando fuera solicitado por autoridades.
- Estimular una adecuada formación profesional, tendiente al correcto uso de esta terapéutica y a la progresiva especialización de los médicos que la practican.
- Estimular tareas de investigación y docencia en el área de esta disciplina en conjunto con especialidades afines.
- Representar a los profesionales asociados ante sociedades similares o afines nacionales o internacionales.
- Asociarse con otras entidades afines nacionales o extranjeras.
- Representar en Chile a la Asociación Latinoamericana de Aterosclerosis (SOLAT) y a la Federación Latinoamericana de Nutrición Parenteral y Enteral (FELANPE), conforme a los acuerdos que al efecto se establezcan.